Resumen: La sala resuelve sobre el potencial carácter abusivo de unos intereses remuneratorios, advirtiendo que (i) del contenido del art. 4.2 de la Directiva 93/13/CEE resulta que no es posible realizar un control de adecuación entre precio y contraprestación, con respecto a los intereses ordinarios, por formar parte del objeto principal del contrato, (ii) No obstante, el mismo art. 4.2 permite que las condiciones generales o cláusulas predispuestas que afecten a los elementos esenciales del contrato puedan estar sometidas a un control de inclusión y de transparencia. (iii) la transparencia, en relación con el objeto principal del contrato, garantiza que el consumidor conozca o pueda conocer la carga económica que el contrato supone para él (iv) es criterio jurisprudencial reiterado que el control de validez con base en la Ley de Represión de la Usura, no puede llevarse a cabo desde la perspectiva de la normativa de protección al consumidor ni del análisis de la abusividad de cláusulas no negociadas previsto en el art. 815 LEC (21) para el ámbito del juicio monitorio.
Resumen: Caducidad del procedimiento sancionador. Artículo 48.4 LORDFAS. La prescripción de la infracción resulta inmune frente al procedimiento caducado: Artículo 48.5 LORDFAS artículo 48.5 LORDFAS Y 25.1.b) y 95.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas